Comisión de

Seguridad Pública


 

Los convenios de coordinación que celebre el Gobierno del Estado con la Federación o con los Ayuntamientos en materia de Seguridad Pública:

a).- Los convenios de coordinación que celebre el Gobierno del Estado con la Federación o con los Ayuntamientos en materia de Seguridad Pública;

b).- Los asuntos legislativos relacionados con la organización y coordinación de la política criminológica-penitenciaria en el Estado;

c).- Los asuntos legislativos relacionados con el mantenimiento del orden, la tranquilidad pública y la protección jurídica de las personas, de sus propiedades y derechos, en el ámbito estatal; y

d).- En coordinación con la Comisión de Puntos Constitucionales y de Justicia, dictaminar sobre las leyes que establezcan y regulen los sistemas integrales de tratamiento penal, así como el funcionamiento de los cuerpos de seguridad pública existentes, y de los que en el futuro sean creados.

e).- Lo relativo a la normatividad y demás aspectos relacionados con la protección civil.

f).- En general, toda la legislación relacionada con la Seguridad Pública.

g).- Las demás que establezcan la Mesa Directiva del Congreso y la Junta de Gobierno y Coordinación Política.