Fracción XXIV.- Los resultados de las convocatorias a concurso o licitación, o adjudicación directa de una o más obras, adquisiciones, arrendamientos, concesiones y prestación de servicios. Dichos resultados deberán contener:
a) Nombre o denominación de la dependencia o entidad convocante, así como la identificación del contrato;
b) El lugar y descripción general de la obra a ejecutar, de cada uno de los bienes o servicios que sean objeto de la licitación, las posturas y el monto;
c) El nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral a quien haya favorecido el fallo y con quien o quienes se haya celebrado el contrato;
d) Requisitos que deberán cumplir el proveedor, contratista o la persona física favorecido con el fallo, según las características, complejidad y magnitud de los trabajos, así como el plazo para su cumplimiento;
e) Los mecanismos de participación ciudadana que se desarrollan en la obra pública;
f) Los datos sobre las garantías, así como porcentajes, forma y términos de los anticipos que se concedan; y
g) Los demás datos que se deriven del cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases que emitan las Entidades Gubernamentales y de Interés Público para las licitaciones públicas, de conformidad con la Ley de Obras Públicas del Estado de Baja California Sur y la Ley de Adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes muebles del Gobierno del estado de Baja California Sur.
*NO SE HA DADO EL SUPUESTO
Fecha de Actualización: 15 de junio de 2015.
Fracción XXIV.- Los resultados de las convocatorias a concurso o licitación, o adjudicación directa de una o más obras, adquisiciones, arrendamientos, concesiones y prestación de servicios. Dichos resultados deberán contener:
a) Nombre o denominación de la dependencia o entidad convocante, así como la identificación del contrato;
b) El lugar y descripción general de la obra a ejecutar, de cada uno de los bienes o servicios que sean objeto de la licitación, las posturas y el monto;
c) El nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral a quien haya favorecido el fallo y con quien o quienes se haya celebrado el contrato;
d) Requisitos que deberán cumplir el proveedor, contratista o la persona física favorecido con el fallo, según las características, complejidad y magnitud de los trabajos, así como el plazo para su cumplimiento;
e) Los mecanismos de participación ciudadana que se desarrollan en la obra pública;
f) Los datos sobre las garantías, así como porcentajes, forma y términos de los anticipos que se concedan; y
g) Los demás datos que se deriven del cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases que emitan las Entidades Gubernamentales y de Interés Público para las licitaciones públicas, de conformidad con la Ley de Obras Públicas del Estado de Baja California Sur y la Ley de Adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes muebles del Gobierno del estado de Baja California Sur.