Fracción XXIV.- Los resultados de las convocatorias a concurso o licitación, o adjudicación directa de una o más obras, adquisiciones, arrendamientos, concesiones y prestación de servicios. Dichos resultados deberán contener:
a) Nombre o denominación de la dependencia o entidad convocante, así como la identificación del contrato;
b) El lugar y descripción general de la obra a ejecutar, de cada uno de los bienes o servicios que sean objeto de la licitación, las posturas y el monto;
c) El nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral a quien haya favorecido el fallo y con quien o quienes se haya celebrado el contrato;
d) Requisitos que deberán cumplir el proveedor, contratista o la persona física favorecido con el fallo, según las características, complejidad y magnitud de los trabajos, así como el plazo para su cumplimiento;
e) Los mecanismos de participación ciudadana que se desarrollan en la obra pública;
f) Los datos sobre las garantías, así como porcentajes, forma y términos de los anticipos que se concedan; y
g) Los demás datos que se deriven del cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases que emitan las Entidades Gubernamentales y de Interés Público para las licitaciones públicas, de conformidad con la Ley de Obras Públicas del Estado de Baja California Sur y la Ley de Adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes muebles del Gobierno del estado de Baja California Sur.
*NO SE HA DADO EL SUPUESTO
Fecha de Actualización: 15 de junio de 2015.
Fracción XXIV.- Los resultados de las convocatorias a concurso o licitación, o adjudicación directa de una o más obras, adquisiciones, arrendamientos, concesiones y prestación de servicios. Dichos resultados deberán contener:
a) Nombre o denominación de la dependencia o entidad convocante, así como la identificación del contrato;
b) El lugar y descripción general de la obra a ejecutar, de cada uno de los bienes o servicios que sean objeto de la licitación, las posturas y el monto;
c) El nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral a quien haya favorecido el fallo y con quien o quienes se haya celebrado el contrato;
d) Requisitos que deberán cumplir el proveedor, contratista o la persona física favorecido con el fallo, según las características, complejidad y magnitud de los trabajos, así como el plazo para su cumplimiento;
e) Los mecanismos de participación ciudadana que se desarrollan en la obra pública;
f) Los datos sobre las garantías, así como porcentajes, forma y términos de los anticipos que se concedan; y
g) Los demás datos que se deriven del cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases que emitan las Entidades Gubernamentales y de Interés Público para las licitaciones públicas, de conformidad con la Ley de Obras Públicas del Estado de Baja California Sur y la Ley de Adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes muebles del Gobierno del estado de Baja California Sur.
*NO SE HA DADO EL SUPUESTO
Fecha de Actualización: 15 de junio de 2015.
Mesa Directiva
Mesa Directiva
Diputación Permanente del Segundo Período de Receso del Primer Año de Ejercicio Constitucional
(01 de junio de 2025 - 31 de agosto de 2025)
Dip. Alondra Torres GarcíaPresidenta
Dip. Sergio Polanco SalaicesPrimer Secretario
Dip. Gabriela Montoya TerrazasSegunda Secretaria
Mesa Directiva del Primer Período Ordinario del Segundo Año de Ejercicio Constitucional
(01 de septiembre de 2025 - 15 de diciembre de 2025)