PODER LEGISLATIVO XVI LEGISLATURA
DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL
H. CONGRESO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR
Boletín No. 586/2022
La Paz, Baja California Sur, a 14 de Diciembre de 2022
- Fue el diputado Armando Martínez Vega quien presentó la iniciativa de reforma a la Ley de la Juventud, para corregir la duplicidad de los artículos y adicionar tres artículos más a la Ley antes mencionada para salvaguardar el patrimonio del ISJ
El Pleno de la XVI Legislatura aprobó por unanimidad el dictamen presentado por la Comisión Permanente de la Juventud, relativo a la Iniciativa con Proyecto de Decreto, mediante la cual se reforman los artículos 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102 y 103; y se adicionan los artículos 104, 105 y 106 de la “Ley de la Juventud para el Estado de Baja California Sur” presentada por el diputado Armando Martínez Vega, para resarcir la omisión al articulado que corresponden al patrimonio del Instituto Sudcaliforniano de la Juventud (ISJ); instituir la “Medalla al Mérito Estatal de La Juventud” y los beneficios de la “Tarjeta Carnet Joven”.
Cabe mencionar que el iniciador del proyecto, señaló que en la “Ley de la Juventud para el Estado de Baja California Sur” se cuenta con la duplicidad de los artículos 92, 93 y 94, todo del Título Quinto, por lo que la iniciativa en mención subsanará dicho “error” al adicionar el contenido de los artículos 92, 93 y 94 anteriores a la reforma del decreto 2686, a fin de otorgar certeza jurídica a los capítulos correspondientes.
Por consiguiente, quienes integran la Comisión Permanente de la Juventud coincidieron con los argumentos vertidos por el iniciador y consideraron procedente realizar reformas a la Ley en mención, con la finalidad de armonizarla.
Así mismo, la comisión dictaminadora coincidió con el iniciador en subsanar el error en el decreto número 2686, ya que el espíritu de la iniciativa que dio origen a dicho decreto fue establecer un reconocimiento mediante el cual se otorga una “Medalla al Mérito Estatal de la Juventud” de forma anual y única que entrega el Instituto Sudcaliforniano de la Juventud a favor de quien o quienes se estime con los merecimientos por su destacada participación en las actividades académicas, artísticas y culturales, cultura emprendedora, innovación ciencia y tecnología, grupos vulnerables y su inclusión, y de no eliminar el Capítulo Cuarto “Del Patrimonio del Instituto y el Capitulo Quinto “De la Tarjeta Carnet Joven”, considerando así insertar de manera correcta la enumeración de los artículos a la Ley.
FUENTE: DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y RELACIONES PÚBLICAS (612)123-78-00 ext. 146 y 108, (612)122-34-17, www.cbcs.gob.mx