Partidos, Fecha y Búsqueda

 
morena pt nueva_alianza pan pri pvem sm

Carrusel - Boletines de Prensa

Modificaciones Recientes en Leyes

Composición del H. Congreso del Estado de Baja California Sur

composicion congreso xvii legislatura

Órdenes del Día

Sesiones en Vivo


Valoración del Usuario: 0 / 5

estrella inactivaestrella inactivaestrella inactivaestrella inactivaestrella inactiva
 

CONGRESO

PODER LEGISLATIVO XV LEGISLATURA

DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

H. CONGRESO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR

Boletín No. 397/2020

La Paz, Baja California Sur, a 19 de Noviembre de 2020

  • Se eleva pena por hostigamiento y acoso sexual, incluyendo el cometido en contra de menores, previstos en el Código Civil Estatal
  • Dota de facultades al ISMUJERES para mejorar protocolos de atención a mujeres violentadas, mediante reforma a la Ley del Instituto

Por unanimidad, el Congreso del Estado aprobó reformas al Código Penal del Estado referentes a delitos de hostigamiento y acoso sexual en los que se incrementan las sanciones actuales y a la Ley del Instituto Sudcaliforniano de las Mujeres, dotándolo de facultades para que pueda impulsar y coordinar  con los sectores público y privado la creación y actualización permanente de protocolos de atención a los casos de violencia hacia las mujeres en el estado”.

Durante la sesión del 19 de noviembre, la Comisión Permanente de Derechos Humanos presidida por la Diputada Petra Juárez presentó el dictamen el cual fue dispensado de segunda lectura y trámite parlamentario.

Las reformas fueron propuestas por el Diputado Ramiro Ruiz Flores con la finalidad de aportar soluciones al problema de la violencia contra las mujeres en Baja California Sur.

En ese tenor la reforma hecha al Artículo 183 del Código Penal estatal eleva las penas de prisión o multa; en el caso del acoso, aumentará de seis meses a un año, actualmente está en vigor a de uno año a dos años de prisión y se incorpora la multa de cien a cuatrocientos días.

En caso de que el acosador sea un servidor público y valiéndose de esta condición haya cometido ese hecho delictivo, “se le impondrá destitución e inhabilitación por un plazo igual al de la pena resultante para desempeñarse en otro empleo, puesto, cargo o comisión pública”.

En el caso de hostigamiento previsto en el artículo 182 del Código Penal se elevaría la pena, de dos a cuatro años y multa de dos cientos a quinientos días.

 En tanto que en el caso de la reforma a la Ley del Instituto Sudcaliforniano de las Mujeres, se le dota de facultades para que pueda trabajar con todos los sectores sociales de la entidad en la elaboración de protocolos de atención a las mujeres víctimas de violencia.

Las reformas fueron aprobadas por unanimidad de 19 votos asistentes.

FUENTE:  DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y RELACIONES PÚBLICAS (612)123-78-00 ext. 146 y 108, (612)122-34-17, www.cbcs.gob.mx

Mesa Directiva

Mesa Directiva


Mesa Directiva del Segundo Período Ordinario del Primer Año de Ejercicio Constitucional

(15 de marzo de 2025 - 30 de junio de 2025)
rp arlene moreno maciel
Dip. Arlene Moreno Maciel Presidenta
xi martin escogido flores
Dip. Martín Escogido Flores Vicepresidente
xiv teresita jesus valentin elizalde
Dip. Teresita de Jesús valentín Vázquez Secretaria
xii omar torres orozco
Dip. Omar Torres Orozco Prosecretario

Contador